Normativas

NORMATIVA EVENTOS PELUQUERÍA CANINA FEPECAE

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ARTÍCULO 1º. COMPOSICIÓN

La responsabilidad del desarrollo del certamen correrá a cargo de la Comisión Ejecutiva del campeonato, formada por miembros de la Junta Directiva de FEPECAE., y / o de la Junta Directiva de la sociedad organizadora en caso de haber sido aprobado por la anterior. Estará compuesta por un Presidente y un mínimo de dos vocales, uno de los cuales actuará como Comisario General de la exposición.

Ninguno de los miembros de la Comisión Ejecutiva de la exposición podrá participar de ninguna forma en el campeonato, actuar como jueces en el certamen.

El Presidente de la Comisión Ejecutiva, como máximo responsable de la organización, y el Comisario General, tendrán acceso a todas las instalaciones, aunque no pueden intervenir en los juicios.

ARTÍCULO 2º. COMPETENCIAS

La Comisión Ejecutiva del campeonato velará para que se cumpla el presente reglamento durante el transcurso del mismo, pudiendo adoptar para ello, y para los casos no previstos en él, las medidas y acuerdos que se estimen necesarios.

La Comisión Ejecutiva del campeonato es competente para resolver las reclamaciones que hagan los expositores y que puedan ser resueltas en el curso del campeonato. Las reclamaciones que requieran un mayor plazo para ser solucionadas han de hacerse por escrito dirigidas al Presidente de la Comisión Ejecutiva en un plazo máximo de cinco días hábiles transcurridos desde el de clausura de la exposición, que dará traslado a la Junta Directiva de FEPECAE. Toda reclamación deberá de entregarse documentada y acompañada de un importe económico de 100,00 euros, el cual solo se reembolsará al reclamante en el caso de que dicha reclamación tenga una resolución satisfactoria para el mismo. Si esto no fuese así, el importe económico se destinará a financiar actividades para los socios.

ARTÍCULO 3º. INSCRIPCIONES

El competidor obtendrá toda la información y normas del campeonato en la página web de FEPECAE, pudiendo variar éstas dependiendo de la naturaleza evento. La inscripción en la exposición se podrá hacer online o mediante la hoja de inscripción que facilitará la federación.

Es obligatorio ser socio de IGA (International Groomers Association) para poder realizar la

inscripción en cualquier evento IGA, sea cual fuere su organizador. De no serlo con anterioridad, se puede realizar tal trámite conjuntamente con la inscripción del evento.

FEPECAE, haciendo cumplimiento de sus estatutos, no admitirá la inscripción en cualquiera de sus eventos de cualquier persona que deliberadamente haya faltado al respeto y/o honor de la federación y/o cualquier miembro de su junta directiva, haya cometido falta grave o muy grave, o haya levantado falsos testimonios sobre los mismos.

El expositor confirmará que los datos que expresa son ciertos "de buena fe", que el ejemplar con el que compite está sano y no ha tenido contacto con otros animales que padezcan enfermedades infectocontagiosas. El hecho de participar en el campeonato supone que el expositor conoce y acepta el presente reglamento y que autoriza expresamente a la entidad organizadora para que

 

pueda publicar su nombre y fotografías en las que aparezca tanto él, como el ejemplar con el que compite.

Toda hoja de inscripción deberá contener una cláusula en materia de protección de datos que cumpla con los requisitos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD) e informar que los datos podrán ser cedidos a FEPECAE y a asociaciones federadas que intervengan durante la admisión, clasificación y desarrollo del campeonato, así como el resto de actividades inherentes y/o conexas a la misma. Los formularios, junto con las cláusulas en materia de protección de datos, deben ser conservados mientras persista el tratamiento de los datos y a disposición de las entidades cesionarias.

ARTÍCULO 4º. CONTROL DE RESULTADOS

La secretaría del campeonato se ocupará de la recepción de las planillas de juicio y de la verificación de los datos que facilitarán los jueces una vez terminados sus juicios, ordenando las calificaciones que deberán ponerse a disposición de la Comisión Ejecutiva de la exposición, la cual levantará acta de los resultados y trasladará a FEPECAE.

Los juicios que emita el juez y las calificaciones de los trabajos expuestos son de la exclusiva competencia del Juez. Las calificaciones y clasificaciones que otorgue e l juez en el campeonato son definitivas e inapelables.

ARTÍCULO 5º. CLASES ADMITIDAS

Examinaciones:

Clases C

Free Style

Creative Hairstyling

Creative Desing

Razas Puras

. Clases B

Razas Puras Scissoring

Razas Puras Taining

Razas Puras Stripping

. Clases A

Razas Puras Scissoring

Razas Puras Taining

Razas Puras Stripping

Competiciones:

Clases C

Free Style

Creative Hairstyling

Creative Desing

Razas Puras

 

.

Clases B

Razas Puras Scissoring

Razas Puras Taining

Razas Puras Stripping

. Clases A

Razas Puras Scissoring

Razas Puras Taining

Razas Puras Stripping

ARTÍCULO 6º. SITUACIONES EXTRAORDINARIAS

Por el correcto desarrollo de los eventos:

No se admiten perras embarazadas

No se admiten perras en celo.

Todos los ejemplares deben disponer de sus vacunaciones y desparasitaciones al día.

Todos los ejemplares con parásitos externos serán expulsados de forma inmediata del evento.

Todo ejemplar que presente muestras de agresividad será expulsado de la competición.

No se admiten tijeras de tiburón en ninguna competición.

ARTÍCULO 7º. LOS RING

Los ring en donde se alberguen los competidores, deberán tener las medidas y reunir las condiciones necesarias para el más perfecto desarrollo de las pruebas.

Sólo podrán permanecer en el ring mientras duren los juicios, el juez, los comisarios asignados y personal de FEPECAE autorizado y acreditado. Tendrá también acceso el Presidente de la Comisión Ejecutiva y el Comisario General del campeonato.

ARTÍCULO 8º. COMISARIO GENERAL Y RESTO DE AUTORIDADES

El Comisario General del campeonato, por delegación de la Comisión Ejecutiva, es la máxima autoridad individual mientras dure el mismo para todo lo relacionado con éste. En consecuencia, es el encargado de hacer cumplir el presente reglamento y gozará de atribuciones suficientes para decidir y resolver sobre cualquier asunto o incidencia relacionada con el campeonato hasta su clausura.

No podrá retirarse o ausentarse del campeonato, ni delegar sus funciones, hasta la finalización del mismo, salvo por causas de fuerza mayor, que será sustituido por un miembro de la Comisión Ejecutiva.

Estará auxiliado en su misión por los miembros de la comisión ejecutiva, los cuales velarán por el buen orden dentro del campeonato.

Todas las autoridades deberán:

• Llevar un distintivo visible de su función, mientras estén ejerciendo la misma.

• Notificar al juez cualquier irregularidad que ocurra en el ring durante el desarrollo de las pruebas.

 

• Seguir las instrucciones del juez de conformidad con lo dispuesto por la organización y lo establecido en el presente reglamento.

• Tener conocimiento del presente reglamento, así como del Reglamento de campeonatos I.G.A., en su caso.

• Abstenerse de dar opiniones para influir en el juez o de participar en el juicio.

• No permitir la entrada en el ring a personas distintas de los competidores y de las personas de organización que habilita este reglamento.

• El Comisario General asignará las demás funciones que habrá de desarrollar.

ARTÍCULO 9º. RECLAMACIONES

Las reclamaciones que puedan presentarse por actos u omisiones producidos durante la celebración del campeonato y no puedan ser solucionadas en el transcurso del mismo, deberán ser formuladas por el competidor mediante escrito razonado, con aportación de pruebas, si las hubiera, dirigido al Presidente de la Comisión Ejecutiva de la exposición, previo depósito económico de 100,00 euros, todo ello entregado al Secretario General en el recinto del campeonato antes de su clausura o en la sede social de ésta en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al del término de la exposición.

En caso de que fuese estimada la reclamación, se devolverá al reclamante el depósito efectuado, en caso contrario, dicho importe se destinará a la celebración de actividades para socios.

La Junta Directiva de FEPECAE, en el plazo indicado en el párrafo anterior, podrá desestimar la reclamación presentada, si no hubiera causa fundada para ella, o atenderla. Cuando en la tramitación de la reclamación, la Junta Directiva tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de infracción de este reglamento, acordará la apertura del correspondiente expediente sancionador; expediente que deberá ser resuelto en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de acuerdo de su apertura.

Contra los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de FEPECAE, en las reclamaciones y denuncias que ésta deba resolver dentro de sus atribuciones, podrá interponerse recurso de reposición ante la propia Junta Directiva de FEPECAE, en el plazo de ocho días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de recepción de la notificación de la resolución, previo depósito de 80,00 euros,

que deberá ser resuelto dentro de los dos meses siguientes. Para resolver el recurso será necesaria la presencia de, al menos, las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva de FEPECAE. Contra las resoluciones en reposición de la Junta Directiva de FEPECAE no caben otros recursos por vía administrativa.

ARTICULO 10º. COMPETENCIAS SANCIONADORAS. TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES

La Junta Directiva de FEPECAE es competente para resolver las reclamaciones y denuncias que se le efectúen en los campeonatos y concursos que organiza, así como las acontecidas en las actividades autorizadas por FEPECAE relacionadas con sus jueces o su personal.

Asimismo es competente para resolver los expedientes que las asociaciones federadas le trasladen, por actos e incumplimientos ocurridos en campeonatos que les hayan sido autorizados, siempre que

 

se encuentren tipificados sus estatutos y/o normativas y sean de su competencia.

La Junta Directiva de FEPECAE., a la vista de la documentación aportada o que se le traslada de conformidad con lo indicado en el artículo anterior, y previamente oída la opinión del Juez si la denuncia formulada afectase al mismo, decidirá sobre la apertura de un expediente informativo o, en su caso, sancionador, para depurar los hechos denunciados, designando un Instructor del expediente. Se dará traslado al interesado del correspondiente pliego de cargos para que, en el plazo de ocho días hábiles, haga las alegaciones que a su derecho convenga y presente o proponga las pruebas que considere precisas para el mejor esclarecimiento de los hechos, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se interpretará que renuncia a aportar nuevas pruebas y a hacer nuevas declaraciones, por lo que el expediente seguirá su trámite con las pruebas y la documentación incorporadas al mismo y el resultado de las pruebas que decida practicar el Instructor.

Caso de que la documentación que aporte la organización en el expediente que traslada a FEPECAE sea considerada incompleta o insuficiente por la Junta Directiva, ésta podrá solicitar la documentación que considere necesaria, información complementaria y/o la práctica de las pruebas que considere necesarias, prorrogándose un mes más el plazo de que dispone la Junta Directiva para dictar su resolución.

El instructor del expediente presentará a la Junta Directiva sus conclusiones y propuesta de sanción, la cual dictará la resolución que proceda, en los plazos indicados.

Contra la resolución la Junta Directiva podrá interponer el expedientado recurso de reposición, en el plazo de cinco días hábiles, ante la propia Junta Directiva que deberá ser resuelto dentro de los tres meses siguientes. Para resolver el recurso será necesaria la presencia de, al menos, las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva.

Contra los acuerdos adoptados por la Junta Directiva en el recurso de reposición, que no supongan la expulsión como socio del expedientado, no caben nuevos recursos ante FEPECAE.

Las Juntas Directivas de las asociaciones organizadoras de campeonatos autorizados por FEPECAE serán competentes para resolver las reclamaciones que se les presenten en conformidad con el presente Reglamento, en aquellos supuestos que lo autorice Junta Directiva de FEPECAE por unanimidad, con los mismos plazos y posibilidades de recurso que se señalan para ésta en el presente Reglamento.

Las asociaciones organizadoras de campeonatos autorizados por FEPECAE se obligan a contestar, tramitar y resolver las reclamaciones y las denuncias que se le formulen y los expedientes que cursen en los plazos indicados anteriormente. De no ocurrir, el reclamante, el denunciante o el expedientado podrán dirigirse a FEPECAE para que ésta inste a la asociación correspondiente, oportuna contestación urgente.

Todo incumplimiento de los plazos establecidos en el régimen sancionador del presente reglamento será responsabilidad exclusiva de FEPECAE o en su defecto de la asociación a la que se asigne el caso.

 

ARTÍCULO 11º. INFRACCIONES

Las infracciones susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves o muy graves.

1. Son infracciones muy graves competencia exclusiva de la Junta Directiva de Fepecae

a) Agredir física o verbalmente, en cualquier campeonato o evento autorizado por FEPECAE, a: jueces; miembros de la Junta Directiva de la asociación organizadora del campeonato; comisarios, personal y otros miembros de la organización actuantes en el evento.

b) Inscribirse en el campeonato o juzgar, siendo miembro de la Comisión del campeonato.

c) Las tipificadas así en el Reglamento de Jueces en que pudieran incurrir los jueces actuantes en cualquier campeonato organizado o autorizado por FEPECAE.

d) La conducta peligrosa o el comportamiento agresivo de cualquier ejemplar durante el campeonato.

e) Cualquier competidor que no haya satisfecho el importe económico de la inscripción en el momento del comienzo del evento, no podrá competir en ninguna de las clases inscritas, perdiendo el importe que haya podido haber abonado.

f) Es obligatorio mostrar el máximo respeto hacia el espacio, instalaciones y material de los eventos.

g) Cada competidor es responsable de su ejemplar, por lo que debe recoger los excrementos del mismo y disponer de medios para ello. No hacerlo supondrá una sanción económica de 100,00 e., de reincidir, le será abierto un expediente disciplinario.

h) De observar durante la competición y/o examinación cualquier signo de maltrato, manejo inadecuado o corte/lesión al ejemplar, el competidor podrá ser descalificado, expulsado del evento, así como expedientado.

i) Aquel participante irrespetuoso o que demuestre un comportamiento antideportivo tanto dentro como fuera del ring será amonestado. De no remitir su actitud, será expulsado del recinto y le será abierto un expediente sancionador por falta muy grave.

j) Tratar de engañar a FEPECAE manipulando o facilitando datos inveraces en currículum y/o inscripciones.

k) No acatar la normativa de eventos FEPECAE.

l) El quebrantamiento de sanciones impuestas por falta grave o muy grave.

m) La reincidencia en falta grave o muy grave, producida en el transcurso de un año contado a partir de la fecha en que se sancionó la anterior mediante resolución firme en vía administrativa.

n) En general, las conductas contrarias al buen orden y ambiente, cuando se consideren como muy graves; y aquellas que a lo largo del presente Reglamento estén tipificadas así.

 

2. Son infracciones graves competencia exclusiva de la Junta Directiva de FEPECAE.

a) Manifestarse públicamente de forma airada contra las decisiones de jueces, negarse a recoger las tarjetas de calificación o romperlas en el ring o en sus inmediaciones.

b) Manipular un ejemplar con prácticas ilícitas para inducir o tratar de inducir a error a los jueces

c) Dar uso a herramientas de peluquería no permitidas, sean cual fueren.

d) Tratar el manto o la piel de un ejemplar para alterar o intentar alterar el resultado del trabajo.

e) En general, las conductas contrarias al buen orden, cuando se consideren como graves; y aquéllas que, a lo largo del presente Reglamento, estén tipificadas así.

3. Son infracciones graves competencia de la Junta Directiva de FEPECAE

a) Maltratar o causar daños o desperfectos en bienes muebles, inmuebles o enseres del campeonato, cuando no medie el pago de la consiguiente reparación, y sin perjuicio de poder instar la consiguiente reclamación judicial de su reembolso.

b) Maltratar o causar daños en bienes muebles, inmuebles o enseres del campeonato, cuya cuantía sea igual o superior a 400 euros, siempre que medie el pago o reembolso de la consiguiente reparación.

c) El quebrantamiento de sanciones impuestas por falta leve.

d) La reincidencia en falta leve, producida en el transcurso de un año contado a partir de la fecha en que se sancionó la anterior mediante resolución firme en vía administrativa.

e) En general, las conductas contrarias al buen orden, cuando se consideren como graves y aquellas que a lo largo del presente Reglamento estén tipificadas así.

4. Son infracciones leves competencia de la Junta Directiva de Fepecae

a) En general, el incumplimiento de las normas señaladas en el presente Reglamento y las conductas contrarias al buen orden social y/o con otros competidores, cuando no tengan la consideración de graves o muy graves.

b) Maltratar o causar desperfectos en bienes muebles, inmuebles o enseres del campeonato, cuya cuantía no exceda de 400 euros, siempre que medie el pago o reembolso de la consiguiente reparación.

c) En general, las conductas contrarias al buen orden, cuando se consideren como leves; y aquellas que a lo largo del presente Reglamento estén tipificadas así.

ARTICULO 12º. SANCIÓN DE LAS FALTAS

De acuerdo con la gravedad de la infracción, podrán ser aplicadas al expositor las siguientes sanciones:

 

a) Las faltas muy graves serán sancionadas con desde la prohibición al competidor de inscribirse en campeonatos organizados o autorizados por IGA y/o FEPECAE por un período de más de 1 año y hasta 3 años, hasta la expulsión temporal o definitiva de la federación.

Adicionalmente podrán acordarse las siguientes sanciones, dependiendo de la gravedad de los hechos:

• Descalificación inmediata y devolución de los premios.

• En los casos de conducta peligrosa o agresiva del ejemplar, prohibición al competidor de participar en campeonatos con dicho ejemplar por un determinado período y hasta la prohibición definitiva. Dependiendo de la gravedad de los hechos, podrá sancionarse al competidor por el mismo periodo.

b) Las faltas graves competencia de la Junta Directiva de FEPECAE, serán sancionadas con la prohibición al competidor de inscribirse en campeonatos y/o concursos organizados o autorizados por FEPECAE, por un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 1 año.

c) Las faltas leves serán sancionadas con amonestación privada, comunicada verbalmente por el Presidente de FEPECAE, dejando la debida anotación en el expediente personal; o con prohibición de presentarse en campeonatos y/o concursos caninos organizados por FEPECAE por un periodo de 1 a 6 meses, comunicada por escrito.

ARTICULO 13º PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES

Las sanciones por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves al año y las leves a los seis meses, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción.

ARTÍCULO 14º RESPONSABILIDADES

Ninguna responsabilidad alcanzará a FEPECAE ni a la asociación organizadora del campeonato por efecto de una mala clasificación o calificación de los competidores por parte del juez, muerte, accidente, pérdida, robo o extravío de los ejemplares usados para competir; desperfectos en las instalaciones de casas comerciales o de particulares, adornos de las mismas y géneros almacenados en los stands; no celebración o suspensión temporal o definitiva del campeonato, así como tampoco por los perjuicios que, por cualquier causa no imputable a FEPECAE, pudieran ocasionarse a los competidores, entendiéndose que no tendrán derecho a indemnización alguna por los conceptos expresados ni por ningún otro.

Fepecae o la asociación organizadora en su caso, se compromete por otra parte, a establecer las medidas de vigilancia necesarias a fin de tratar de evitar, en lo posible, que se produzca ningún tipo de anomalía.

Los perros deberán ser conducidos dentro del recinto del campeonato de manera controlada, con total garantía para los demás competidores, organizadores, visitantes y para los otros perros participantes.

 

En caso de que la conducta de algún perro y/o su falta de control, representen algún peligro, será retirado del campeonato, a indicación del Comisario General, y no serán devueltos al competidor los derechos de inscripción pagados. Dependiendo de la gravedad de los hechos, podrá no permitirse la participación del ejemplar en otros campeonatos.

FEPECAE o la asociación organizadora no asumirá ninguna responsabilidad por las mordeduras u otras lesiones que los perros puedan producir a otros perros o a terceros, ni por las consecuencias derivadas de tales actitudes. Sin menoscabo de lo anterior, el competidor deberá tener suscrita una póliza que cubra la responsabilidad civil por las posibles incidencias que puedan producirse en este sentido.

ARTÍCULO 15º. CESIÓN DE DATOS SOBRE SANCIONES

En aquellos casos en los que la sanción deba tener efectos en todo o parte del territorio nacional, la misma será comunicada por FEPECAE a las asociaciones FEDERADAS y/u otras entidades organizadoras de competiciones y/o eventos autorizados por FEPECAE.

Los datos que se comunicarán serán nombre y apellidos del sancionado; y/o, en su caso, nombre e identificación del perro y sanción impuesta.

ARTÍCULO 16º. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos de carácter personal recabados para participar en Los campeonatos y/o concursos de peluquería canina que se rijan por este reglamento podrán ser incorporados, respectivamente, a un fichero de FEPECAE. Los afectados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación por escrito a FEPECAE calle Horno nº 21 de Roquetas de Mar (Almería), aportando fotocopia del DNI o documento acreditativo de su identidad.

Por el hecho de inscribirse en un campeonato y/o concurso de peluquería canina, el competidor acepta que FEPECAE y/o la asociación organizadora traten los datos de carácter personal con la finalidad de tramitar la inscripción en el evento y poder difundirlo públicamente, así como las calificaciones y resultados que obtuviese en el evento. El participante cede a FEPECAE o a la asociación organizadora los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en el certamen, a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico como convencional y/o sistema técnico o tecnológico (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo: vídeos, CD-ROM, folletos, fotografías, revistas, páginas web, redes sociales, etc. ...).

El uso y publicación de las imágenes y datos de los interesados en su condición de participantes y/o ganadores no generan ni otorga reembolso, pago de tarifa ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador, asimismo el participante reconoce que conoce que algunos medios de comunicación tales como internet, podrían difundir sus datos fuera del Espacio Económico Europeo y está de acuerdo con ello.

ARTÍCULO 17º. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

El hecho de suscribir la inscripción para el campeonato presupone el conocimiento y la aceptación del presente reglamento, comprometiéndose las partes afectadas a su cumplimiento.

 

ARTÍCULO 18º. CASOS NO PREVISTOS

Todos los casos no previstos en el presente reglamento quedarán a decisión de la Junta Directiva de FEPECAE y serán resueltos de acuerdo con el espíritu de los estatutos de FEPECAE.

Normativas IGA, Examinaciones y Campeonatos

REGLAS DE PARTICIPACIÓN CAMPEONATOS IGA EN ESPAÑA
Debemos tener en cuenta que IGA es una Asociación que apuesta por la constante actualización de los peluqueros en lo que a formación se refiere, siendo la excelencia el punto de destino.
Los arreglos de los campeonatos IGA van en virtud de la morfología del perro, tomando especial interés en todos aquellos arreglos que por su desarrollo tapan defectos y resaltan virtudes, teniendo muy en cuenta los arreglos morfológicos de cada raza.
Existen tres categorías:
Clase A
Clase B
Clase C
Para la Clase A podrá inscribirse todo aquel peluquero que haya obtenido medalla de oro en otros Campeonatos en esa categoría: EGA, IGA, etc.
Para la Clase B podrá inscribirse todo aquel peluquero que tenga más de un año de experiencia laboral o en campeonatos de peluquería.
Para la Clase C todos aquellos peluqueros que están en fase de aprendizaje: menos de un año de experiencia laboral o en campeonatos de peluquería.

BASES PARA LA COMPETICIÓN
Para la Clase A-B cortes de pura raza.
Categoría caniches y/o tijeras.
Quedan terminantemente prohibidas las tijeras aclarantes. Dientes de tiburón. 
El perro deberá realizarse en su totalidad con tijeras rectas, curvas. Solo se podrá utilizar tijeras dentadas en las zonas de unión del blending o en sitios que por integridad del perro, sea mejor este tipo de tijera.
Las zonas rasuradas en los caniches, hocico y manos, podrán venir realizadas, en caso de irritaciones. Pero se penalizará con 15 minutos de tiempo, en caso de venir ya realizado.

TIEMPOS DE REALIZACIÓN
Caniches:
2 Horas en caniche toy y enano.
2 ¼ Horas en caniche mediano.
2 ½ Horas en caniche gigante.
Añadiendo 20 minutos extra a quien monte top knot, los cuales los podrán utilizar antes o después, cuando le venga bien al peluquero.
Están permitidos todos los cortes estandarizados en las exposiciones.
Longitud mínima 3 cm en las zonas más cortas o 2 cm en las zonas rasuradas. Quien no traiga esa longitud será descalificado.

En clase tijeras:
2 ½ Horas Kerry Blue Terrier, Soft Coated Wheaten Terrier, Caniches medianos y gigantes.
2 Horas para Bedlington Terrier, Bichón Frise, Caniches enanos y toys.

Categoría Stripping:
Para esta categoría se va a tener en cuenta el perro que no esté realizado en dos capas. Ningún perro de pelo duro debería estar así.
Si el perro está mantenido con un rolling coat, deberá tener tres capas y se arrancará la más larga, no pudiendo tocar la capa del perro seis semanas antes de la competición y las demás zonas ocho semanas antes.
Se pueden hacer barridos de lana, hasta seis semanas antes de la competición.
No se permite máquina. Solo en las zonas que establezca su arreglo estandarizado.
Tiempos de realización:
Razas grandes: 2 ½ Horas en perros que lleven maquina en su arreglo. 3 Horas en las que no lo llevan.
Razas medianas: 2 ¼ Horas en perros que lleven maquina. 2 ½ Horas en los que no lleven maquina en su arreglo.
Razas pequeñas: 2 Horas para perros que lleven maquina. 2 ½ Horas en los perros que no llevan maquina en su arreglo.

Spaniels:
Por ser una de las razas menos populares en los campeonatos y por ser una de las más duras, cualquier perro que vaya con dos meses reales de pelo, podrán tener de 15 a 30 minutos más de tiempo, dependiendo del tamaño del ejemplar.
No están aconsejadas ni piedra pómez ni cuchillas de stripping para el arrancado del manto, ya que es un pelo muy delicado que se riza con mucha facilidad, perdiendo su textura natural, brillo y color, provocando quemar el pelo por la utilización de estos utensilios.
Sí se podrán utilizar herramientas que permitan una depilación meticulosa y selectiva, tipo dediles o piedras tipo lápiz para facilitar un mejor agarre del pelo a eliminar.
No están permitidas cuchillas o navajas de rebaje tipo hojas de afeitar.
Tiempos de realización:
2 ½ Horas, independientemente del tamaño.
Tendrán tiempo extra:
Quien tenga una capa difícil o exceso de trabajo por volumen de pelo en el perro. De 15 a 30 minutos extra.
Será penalizado en tiempo quien lleve un spaniel claramente pre cortado o aclarado previamente a la competición o perros con poco trabajo y/o poco pelo.

Clase C
Clase estudiantes o clase C dispondrán de 2 ½ Horas para realizar su trabajo, no pudiendo utilizar la maquina más del 50% del trabajo total.
Podrán hacer cualquier raza y cualquier técnica, incluso mestizos.
Se premiarán trabajos íntegros a técnicas específicas: tijeras, stripping.
No optarán al mejor de la competición.

Otras Clases fuera de las clases A, B y C.
Arreglos fantasía o comerciales. (Clase C).
También habrá competición para arreglos comerciales, de color y penteados. Compitiendo entre ellos para el más bonito y el mejor realizado.
Dispondrán de 2 Horas para razas pequeñas y medianas y 2 ½ Horas para razas grandes.

I CAMPEONATO DE ESPAÑA
Habrá posibilidad de expedición de certificados por parte de la comisión de la IGA. Para tal trámite, el participante deberá abonar el pago del certificado y ser miembro de la IGA.

NORMAS PARA EL PARTICIPANTE
Se ruega que acudan con ropa no ofensiva para los demás participantes ni para los jueces.
Queda terminantemente prohibido cortar el pelo con chanclas, por razones obvias de seguridad hacia el propio peluquero.
Quien vaya a realizar una raza grande, tendrá que llevar él mismo cualquier artilugio de escaleras, taburetes o alzas para realizar su trabajo.
Así mismo, si alguien quiere ponerse otra mesa para la competición, deberá solicitarlo a la organización.
Queda prohibido el uso del móvil durante la competición.
Queda prohibido fumar, beber bebidas alcohólicas o comer.
Cualquier maltrato, cortes o actitud agresiva hacia el perro, será motivo de descalificación automática. El perro no ha elegido estar allí, por lo tanto respeto hacia él.
Se podrá dar de beber al perro durante la competición.
No se pueden utilizar tijeras de diente de tiburón en ninguna categoría.
Se pueden utilizar tijeras rectas, curvas y de esculpir.
En la clase C, los participantes pueden recibir ayuda del juez o de su profesor, dentro de que sea una ligera ayuda ante una duda.
Ante causas de fuerza mayor y con permiso del juez, siempre y cuando haya una persona que se haga cargo del perro, pueden dejarse los perros en la mesa. Si se dejara sin permiso, será causa de descalificación.
Se pueden utilizar métodos de contención, en caso de que sea necesario para una buena manipulación durante la competición.
Animales agresivos que no se dejen visionar, serán descalificados.

REGLAMENTOS DE COMPETICIÓN EN PELUQUERIA CREATIVA SHOW CLASS
-SE CARACTERIZAN POR SER TRABAJOS CREATIVOS Y ORIGINALES, CON COLORACIONES ,TALLAS, DIBUJOS EN EL PELO Y MONTAJES.
-SE ADMITEN TODOS LOS PERROS AUNQUE NO SEAN DE RAZA.
-DEBEN VENIR LIMPIOS Y SIN NUDOS, CON OIDOS, ALMOHADILLAS Y UÑAS HECHAS.
-SI SE UTILIZAN TINTES PERMANENTES PUEDEN VENIR YA TEÑIDOS.
-PRODUCTOS QUE NO SEAN TOXICOS NI AGRESIVOS PARA EL PERRO.
-MATERIALES PERMITIDOS:
1. TINTES SEMIPERMANENTES
2. COLORACIONES EN TIZAS
3. GLITER GEL
4.LACAS DE COLOR PARA PELO
5. BLOWPENTS
6. BRILLOS
7. AEROGRAFO
8. COMPLEMENTOS DECORATIVOS


DESCALIFICACIONES:
-PUEDE SER DESCALIFICADO EL PELUQUERO QUE NO ESTE EJECUTANDO SU TRABAJO COMO UN BUEN PROFESIONAL.
-SI HAY ALGUN GESTO AGRESIVO HACIA EL PERRO O CON ALGUN COMPAÑERO O JUEZ.
-EL ABUSO DE SPRAYS O ALGUN PRODUCTO QUE MOLESTE AL PERRO.

PUNTUACIONES
1- PREJUICIOS: LOS JUECES COMPROBARÁN EN QUÉ ESTADO DE PELO E HIGIENE VIENE EL EJEMPLAR. TOMARÁ NOTA DEL TÍTULO DEL TRABAJO A REALIZAR.
2- DIFICULTAD DEL TRABAJO: SE PUNTUARÁ Y VALORARÁN CUANTAS TÉCNICAS SE ESTÁN TRABAJANDO, ORGANIZACIÓN Y MANEJO DE LOS DIFERENTES MATERIALES Y CORTES.
3- FINALIZACIÓN: SE PUNTUARÁ EL TRABAJO REALIZADO, ACABADOS Y DEFINICIÓN, ASÍ COMO LA PRESENTACIÓN EN MESA. SE PUEDE DECORAR SEGÚN EL TEMA QUE HAYA ELEGIDO.
4-SE PUNTUARÁ EL CONJUNTO, PELUQUERO, DISFRAZ, DECORACIÓN Y PUESTA EN ESCENA. PARA ESTO PUEDE AYUDAR UN ACOMPAÑANTE.


IGA Rules & Regulation for Salon Free Style Creative Examinations April 2018
General
1. Groomer’s attire – No Shorts, Bermudas, Slippers or sandals are allowed. 
2. Any rough handling or injury to the model dog, including clipper irritation, cuts and nicks, shall lead to the participant being disqualified.
3. Participants are responsible for their dogs throughout the whole examination.
4. Any indecorous or aggressive language used towards the judge or any official may lead to disqualification.
5. The Judge’s decision is final.
6. No aggressive dogs will be allowed to participate in the grooming examination. 

The Certification Classes are:
B Class Salon Free Style Creative Grooming Certification
C Class Salon Free Style Creative Grooming Certification

Details of Certification exam:
1. Time for the examination is 2 hours.
2. All participants who pass will receive an IGA Creative Grooming Styling Certificate.
3. The colouring must be done before the examination.
C Class Salon Free Style
Creative
B Class Salon Free Style
Creative
Breeds All Breeds All Breeds
(but prefer poodle)
Coat Full Coat
(minimum 30 mm hair on body)
Full Coat
(minimum 30 mm hair on body)
Style Pet Trim 
50% Scissor & 50% Clipper work
Pet Trim Creative 
50% Scissor & 50% Clipper work
Colors No Color
1 - 2 Colors 
Toning: light to dark = 1 color
Toning: color to color = 2 colors
Accessories No Accessories No Accessories

Restrictions
1. All coat colours are allowed except NO black.
2. No coat bleaching.
3. All coat colouring products must be applied with safety as a priority for both dogs and competitors. Improper use of products, tools or techniques during the examination that can bring harm to the dog will result in immediate disqualification. The judges decision is final.

Restricted Entry into Competition Venue:
IGA reserves the right to restrict anyone, regardless of whether they are a member or non-member, from entering the competition venue. 

Amendments to the Rules: 
IGA reserves the right to amend the Rules and Regulation as and when deemed necessary. 
IGA Salon Free Style Creative Examination Rules & Regulation 2017


Para cualquier aclaración ponerse en contacto con fepecaeesp@gmail.com

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Requisitos para escuelas IGA
Para solicitar ser escuela IGA es necesario cursar solicitud a fepecaeesp@gmail.com
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